
Este libro es una de las obras más completas que se haya escrito sobre el Derecho penal económico. La selección y organización de los artículos aquí reunidos permite al lector introducirse tanto en los conceptos básicos como en la discusión actual sobre estos temas. En efecto, en la parte general de este trabajo se analizan en profundidad aspectos centrales del Derecho penal empresarial, y la posibilidad de configurar dogmáticamente la responsabilidad penal de las personas jurídicas, o la imputación de responsabilidad individual en el marco de las estructuras empresariales, todo desde una perspectiva normativista. Además, en su parte especial, esta compilación ofrece un estudio de diferentes tipos penales relacionados con la actividad empresarial, tales como la administración desleal y la necesidad de su tipificación independiente en la mayoría de los códigos hispanoamericanos, o el lavado de activos derivado del pago de honorarios profesionales realizado por los clientes a sus abogados.
El libro que ahora se presenta a la comunidad académica tiene como objetivo principal aportar al análisis y a la discusión que sobre un tema trascendental para el mundo jurídico colombiano deben hacerse, en tanto aborda un elemento fundacional de nuestra organización jurídico-política, como es el carácter de Estado social que nuestra Constitución consagra a lo largo de su texto, y que utiliza como principio definitorio en el artículo 1.°.El Departamento de Derecho Constitucional de la Universidad Externado de Colombia hizo una apuesta que no se vislumbraba fácil, pero que consideramos era el único camino adecuado para abordar este tema: evaluar y valorar el desarrollo y la concreción real que en situaciones precisas o respecto de grupos específicos han tenido algunos de los DESC, reconocidos en nuestro orden constitucional, luego de casi 30 años de haber iniciado su vigencia la Constitución de 1991. Apuesta que, así expresada, merece alguna explicación. El presente tomo aborda los DESC tomando como referencia derechos concretos o grupos poblacionales, y realiza una aproximación a las dificultades que actores o comunidades concretos han tenido con ocasión de su ...
En muchas ocasiones el trabajador sufre las consecuencias de la violencia en el entorno de trabajo, y ésta es una violencia que a veces no se representa con agravios físicos, y tampoco con manifestaciones de naturaleza sexual o discriminatoria, sino que, en cambio, lo hace contra la estabilidad psicológica del empleado hasta conseguir su degradación y aniquilación, siendo las consecuencias de este Acoso para el trabajador, aún sólo perteneciendo al plano psicológico, infinitas en sus ramificaciones, ya contra su salud, ya contra su vida personal, familiar y laboral.... Extraído de la introducción
El objeto de este comentario es el acoso de carácter psicológico, porque para mí es el más difícil de detectar, el más sutil, el que recurre a las formas aparentemente más inocuas pero a la vez más dañinas para la víctima. Y es por las dificultades para su detección y la complejidad de su identificación y tratamiento legal por lo que he creído necesario realizar este análisis especial hacia el tratamiento legal del acoso psicológico en el trabajo, aún sin necesidad de que el mismo esté motivado por razones de carácter sexual. De manera que en las siguientes líneas vamos a estudiar desde distintas perspectivas este acoso psicológico laboral realizando un comentario pormenorizado y crítico en base a su legislación de aplicación, a las valoraciones de la doctrina científica más significativa, y a la jurisprudencia que, de forma más relevante, ha tratado esta controvertida materia.
El objetivo esencial de este libro está centrado en el deporte desde una doble perspectiva. En primer lugar, en su dimensión más positiva, como manifestación social de indudable trascendencia, en cuanto factor de integración, de tolerancia, de sana competitividad, a la vez que relevante instrumento educativo, capaz de fomentar la cooperación, la solidaridad, la inclusión social, y de unir a diferentes, de superar conflictos y desigualdades. Sin embargo, y ahora en su aspecto negativo, lo idílico de dicho componente básico afianzado en la idea motriz de un bondadoso desarrollo pasa a ser perturbado, cuando no denigrado, por conductas dañinas muy alejadas del pretendido y no siempre conseguido fair play deportivo. De tal modo, la legítima y encomiable lucha por la victoria se ve, a veces, desvirtuada por comportamientos violentos, manipuladores o fraudulentos que intentan alterar las competiciones, los resultados y, esencialmente, la pureza e integridad de este destacado fenómeno social que es el deporte. Y todo ello no solo sobre actitudes concretas contrarias al buen hacer deportivo, sino en hipótesis de mayor intensidad conculcadoras del Ordenamiento jurídico en...
Hasta la LO 7/2006, de 21 de noviembre, “de Protección de la Salud y de Lucha contra el Dopaje en el Deporte”, no existía en el Código penal ningún precepto que castigase específicamente el hecho de proporcionar sustancias o métodos dopantes a los deportistas, si bien algunas conductas de esta índole especialmente graves podían llegar a tener relevancia penal bien a través de distintos tipos relativos a los delitos contra la salud pública, bien a través de las correspondientes figuras relativas a la protección de la integridad o la vida, esto es, lesiones u homicidio, en sus modalidades dolosas o imprudentes. Con la aprobación de la Ley Orgánica 7/2006, se incorpora en el Código penal el artículo 361 bis, pretendiendo con él –según rezaba su Exposición de Motivos– “asegurar el cumplimiento de las medidas indicadas” en la Ley, para lo que se –rezaba– “arbitra, en el título tercero de esta Ley, un ámbito de tutela penal de la salud pública en actividades relacionadas con el dopaje en el deporte”. La Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio, “de Protección de la Salud del Deportista y Lucha contra el Dopaje en la Actividad Deportiva”,...
A la hora de analizar, con un tratamiento selectivo, las múltiples facetas de este proteico fenómeno que es el expolio de los bienes culturales, optamos por lanzar miradas multidisciplinares en diversas direcciones. Así, el lector encontrará en estas páginas, la visión de una fiscal, de una policía, de una penalista, de una criminóloga, inclusive de una romanista, todas ellas conjugadas con el tratamiento de la vertiente internacional del expolio, sea en tiempo de guerra, en tiempos de paz o se trate del patrimonio cultural subacuático. Finalmente, se analiza -de lo particular a lo general- la cuestión de la procedencia de la devolución de los bienes culturales.
Uno de los mayores retos a los que se enfrenta el derecho penal de nuestro tiempo, tanto en España como en los países de nuestro entorno, es el de sostener una protección eficaz del Patrimonio Histórico y los bienes culturales, conforme a una lectura constitucional de ambos conceptos que los asocie, ineludiblemente, con aspectos tan esenciales de nuestra convivencia como la ordenación territorial, el acceso y disfrute de la cultura, el orden socio económico o con algunos derechos fundamentales de los ciudadanos que se desprenden de su relación, individual o colectiva, con el entorno histórico en el que todos estamos inmersos. Materia tradicionalmente olvidada por el legislador penal, el paso del tiempo ha demostrado la necesidad de que se articulara una nueva categoría de protección con la publicación del Código Penal español de 1995. Esta regulación, sin embargo, ha seguido lastrada por graves e incomprensibles defectos técnicos e incoherencias de todo tipo que dificultan su aplicación y una interpretación pacífica sobre un aspecto de particular trascendencia para España, como es la protección de su riqueza arqueológica y monumental. Se propone un análisis...
A la hora de analizar, con un tratamiento selectivo, las múltiples facetas de este proteico fenómeno que es el expolio de los bienes culturales, optamos por lanzar miradas multidisciplinares en diversas direcciones. Así, el lector encontrará en estas páginas, la visión de una fiscal, de una policía, de una penalista, de una criminóloga, inclusive de una romanista, todas ellas conjugadas con el tratamiento de la vertiente internacional del expolio, sea en tiempo de guerra, en tiempos de paz o se trate del patrimonio cultural subacuático. Finalmente, se analiza -de lo particular a lo general- la cuestión de la procedencia de la devolución de los bienes culturales.
La cuarta edición de Nociones Fundamentales de Derecho Penal. Parte General se publica transcurridos ya algo más de tres años desde la entrada en vigor de la reforma del Código penal operada por la LO 1/2015, de 30 de marzo, que incorporó importantes novedades en la disciplina. De la mano de la exposición de los distintos temas, la obra no solo da cuenta del modo en que durante este periodo de tiempo los Tribunales de justicia han interpretado y aplicado las nuevas previsiones, sino que también ofrece una selección actualizada de la jurisprudencia penal sobre las diversas materias que conforman la Parte General del Derecho penal, así como de las Instrucciones, Circulares de la Fiscalía General del Estado y Acuerdos de Pleno no jurisdiccionales de la Sala Segunda del Tribunal Supremo. El resultado de todo lo anterior es una obra que pretende seguir siendo fiel a la finalidad que inspiró su creación: ofrecer una presentación exhaustiva de los conocimientos teóricos de la Parte General pero siempre de la mano de las cuestiones que suscitan sus diferentes aspectos en la aplicación práctica.
Luis Arroyo Zapatero (Valladolid, 1951), rector honorario de la Universidad de Castilla-La Mancha, es un jurista español, especialista en Derecho Penal Internacional, Presidente de la Société Internationale de Défense Sociale, además de fundador y actualmente director del Instituto de Derecho Penal Europeo e Internacional, con sede en el campus de la Universidad de Castilla La Mancha, en Ciudad Real. Obtuvo la licenciatura en Derecho con la calificación de sobresaliente y premio fin de carrera de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valladolid. Pensionado en la Universidad de Colonia por el Gobierno alemán (DAAD) para realizar estudios de doctorado desde 1975 a 1977, se doctoró en Derecho por la Universidad Complutense en 1980, con la calificación de "sobresaliente cum laude", con una tesis a la que le fue concedido además el Premio de la Fundación Universidad-Empresa de Madrid a la mejor tesis doctoral de interés empresarial.. Profesor titular de Derecho Penal en la Universidad Complutense de Madrid desde 1982, en septiembre de 1985 es nombrado Decano fundador de la nueva Facultad de Derecho de la Universidad de Castilla-La Mancha en Albacete. Un año después...
Los análisis genéticos afectan a derechos fundamentales, por lo que el uso de esta información debe estar supeditado a vías de control democrático. En la actualidad, la lucha contra grandes delitos, como por ejemplo el terrorismo, aparentemente legitima a invadir derechos antes considerados intangibles. La presente obra, fruto del trabajo multidisciplinar llevado a cabo por juristas, filósofos, biólogos, técnicos y médicos, tiene por objetivo poner de manifiesto cuáles son los problemas ético-jurídicos derivados de la obtención, el análisis y el almacenamiento del ADN, así como sus usos judiciales y extrajudiciales. Ante el difícil equilibrio entre libertad individual y seguridad colectiva, este libro ayuda a comprender los conflictos que subyacen en el manejo de una herramienta informativa tan poderosa como son las muestras y los perfiles del ADN.
Aquél que mata a otro para defenderse a sí mismo o a un tercero actúa en legítima defensa. A simple vista parece sencillo evaluar cuándo esta figura cobija la conducta de una persona y cuándo no lo hace. Pero, como en todo, hay situaciones grises, difusas, hay casos en los que la configuración de la legítima defensa no se establece en el primer nivel de análisis sino después de un examen profundo de las circunstancias concretas en las que tienen lugar los hechos. Este es el caso de las mujeres tiranizadas que matan a sus parejas-agresoras en situaciones donde no hay confrontación. Por un lado, ellas cometen un acto típico de matar que, dependiendo de las diferentes regulaciones penales de los países, va a encajar dentro del tipo penal de homicidio agravado, asesinato, parricidio etc. Además de lo anterior, por la situación en la que se encuentra el agresor en el momento de su muerte (dormido, borracho, desprevenido), se dice que concurre la alevosía, lo que va a influir en la calificación de la conducta punible de la mujer y, como es evidente, en la pena que se le va a imponer. Pero por el otro lado, la actuación de estas mujeres se enmarca en un contexto de...
La obra que hoy se pone a disposición de los lectores constituye un intento de facilitar el conocimiento de la interpretación que los Tribunales españoles han realizado de los distintos preceptos de nuestro Código Penal. El por qué de esta tentativa es fácil de comprender, pues surge en un momento en el que desde muy diversos ámbitos jurídicos se elevan voces, cada vez más altas, que claman por la seguridad jurídica, por el respeto a las 'reglas del juego' y por la eliminación de la 'sorpresa' del ámbito del dictado de las resoluciones judiciales. No se trata, ésta, de una reivindicación demagógica ni fuera de lugar, pues eliminando aquellos reproches dirigidos a la actuación de los Tribunales que no son más que fruto del desconocimiento y la ignorancia del crítico mismo, es cierto que no pocos Jueces y Magistrados dictan, en ocasiones, resoluciones puramente intuitivas, cuando no fruto de meras 'ocurrencias', que originan el estupor de sus destinatarios y el asombro en toda la clase de los Juristas. Ello explica el que, constantemente, haya que explicar en las Aulas a los estudiantes de Derecho, que no deben, ni siquiera, prestar atención a ciertas aplicaciones ...
Publicación que se presenta como un proyecto multidisciplinar que plantea desde la crítica cultural y las prácticas artísticas un conjunto complejo de aspectos en torno a la violencia de género.
En la presente obra se hace un exhaustivo análisis doctrinario y jurisprudencial acerca de los desafíos de la prueba digital vinculada con aplicaciones de mensajería instantánea, redes sociales, computación en la nube, plataformas web para compartir videos, comunicaciones y documentos electrónicos y Blockchain, smart contracts. Con especial énfasis en la prueba pericial informática vinculada a los documentos electrónicos, firma digital, redes sociales y correo electrónico.
"En esta obra se consideran especialmente la tutela judicial efectiva prestada desde los operadores y para los justiciables. Firma digital y notificaciones constituyen la piedra angular del metódico desarrollo. Quedará para los autores un análisis de ajustes teóricos para que la simple práctica no desnaturalice la teoría del proceso." --Descripción del editor.
Publicación que recoge la memoria de actividades 2009-2010 de la Comisión Nacional para el uso forense del ADN. Obra que es referencia ineludible para todos aquellos y aquellas profesionales involucrados e interesados en el uso forense del ADN. Se recoge información de los laboratorios acreditados por la Comisión Nacional y un catálogo de delitos susceptibles de toma de muestras y registro en la base de datos.
Esta obra contiene un estudio exhaustivo del nuevo marco normativo europeo para conseguir un mayor acceso a los datos, contenidos y servicios digitales por los consumidores y usuarios, garantizando al tiempo la protección de los derechos de propiedad intelectual. En ella se analiza, principalmente, la Directiva (UE) 2019/790 sobre derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital; en especial, la armonización de algunos límites y excepciones al derecho de autor en materia de educación, investigación y conservación del patrimonio cultural; los mecanismos para facilitar la concesión de licencias colectivas con efecto ampliado; y, por último, las medidas, algunas de ellas muy controvertidas a lo largo del proceso legislativo, adoptadas con el fin de garantizar el reparto equitativo del valor que produce la explotación de contenidos protegidos en el entorno digital. Junto a ello, se hace balance del Reglamento (UE) 2017/1128, de portabilidad transfronteriza de los servicios de contenidos en línea en el mercado interior, un año después de su aplicación, y se abordan las cuestiones más relevantes sobre la regulación de los contratos de suministro de...
La estafa es un delito problemático. Ya desde el inicio de su estudio a nivel dogmático eran evidentes las diferencias existentes. Lo desalentador es que esta disputa todavía existe. La discusión reside esencialmente en interpretar a la estafa: a) como un ilícito que requiere una calificación del engaño y alguna diligencia por parte de la víctima; o b) como un delito que deba proteger a cualquier víctima1 En el presente trabajo nos vamos a ocupar únicamente del estudio de la estructura del tipo básico de estafa2, pues la modalidad de estafa en lotería, tifa o juego de azar, así como las causales de agravación punitiva de la estafa, escapan a nuestro objetivo.
El objetivo de este libro es presentar un conjunto de propuestas para la regeneración del sistema político e institucional que puedan contribuir a frenar la dinámica de corrupción en la que se ha sumido el país durante las tres últimas décadas. Pero previamente este ensayo realiza un trepidante análisis, con múltiples ejemplos, de las diversas prácticas corruptas impulsadas por políticos y empresarios con la colaboración, entre activa y pasiva, de los sindicatos, los medios de comunicación y de amplios sectores sociales. Una de las conclusiones es que las instituciones y los empleados públicos no han querido participar de la cultura de la corrupción y esto supone una magnífica palanca de cambio para que las propuestas presentadas en el libro puedan tener un impacto rápido y positivo y atajar en un porcentaje muy elevado de las dinámicas de corrupción acontecidas hasta ahora. Estas son las tareas que tenemos por delante para frenar, de una vez por todas, el saqueo público.
Opciones de Descarga