La positividad de los derechos fundamentales. Cuestiones para una dogmática práctica de los derechos fundamentales
El positivismo jurídico, el neopositivismo, el postpositivismo serían también una opción de planteamiento de base del Derecho en Alemania después de la aprobación de la Ley Fundamental de Bonn de 1949. Se inició así, igualmente, un periodo fecundo en la doctrina científica alemana de reflexión sobre la renovación y actualización de la teoría y práctica del positivismo, sus pros y contras y posibilidades en el Derecho posterior a la II Guerra Mundial y contemporáneo. Ahí caben nombres señeros como, por ejemplo, Anschütz, Thoma, Hoerster, Bloch, Habermas, Luhmann y, por supuesto, Müller... La obra de Müller no es sólo positivismo, incluye pautas de objetivación de los valores superiores y del concepto de dignidad de la persona desde su positivización constitucional y desarrollo normativo, la advertencia de la necesidad de imperturbabilidad del Derecho Constitucional como elemento imprescindible del Estado de Derecho, de la plasticidad de la literalidad del texto como demarcación del «límite extremo de posibles variantes en el significado» del precepto constitucional, de los posibles excesos y la extra-positividad del Derecho de creación jurisprudencial,...